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Guía de derechos

Derechos del pasajero aéreo: la guía completa

Compensaciones, asistencia, reembolsos, equipaje y plazos para reclamar, explicados con claridad y actualizados a octubre de 2026.

Si vuela desde un aeropuerto de la Unión Europea, o llega a ella con una aerolínea europea, está protegido por el Reglamento (CE) 261/2004, la norma que fija sus derechos cuando un vuelo se retrasa, se cancela o le deniegan el embarque. Para el equipaje se aplica además el Convenio de Montreal, y para las personas con movilidad reducida, el Reglamento (CE) 1107/2006. En esta guía le resumimos lo que dicen, en qué casos se aplican y cómo hacerlos valer.

250 €Vuelos de hasta 1.500 km
400 €Vuelos dentro de la UE de más de 1.500 km y otros de 1.500 a 3.500 km
600 €Resto de vuelos (más de 3.500 km)

Son las compensaciones por pasajero que fija el Reglamento para retrasos de tres horas o más en la llegada, cancelaciones con poco preaviso y denegaciones de embarque, salvo que la causa sea una circunstancia extraordinaria. Se suman al derecho a asistencia y al reembolso o vuelo alternativo.

¿A qué vuelos se aplican estos derechos?

  • Vuelos que salen de un aeropuerto de la UE, sea cual sea la aerolínea (también de Islandia, Noruega y Suiza).
  • Vuelos que llegan a la UE desde fuera, siempre que los opere una aerolínea europea y no haya recibido ya compensación o asistencia en el país de salida.
  • Con reserva confirmada y presentándose a facturación a la hora indicada o, si no se indicó, al menos 45 minutos antes de la salida.

Las Islas Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla forman parte de la UE a estos efectos, así que los vuelos nacionales también están protegidos.

Qué le corresponde en cada situación

SituaciónAsistencia y reembolso¿Compensación económica?
RetrasoComida, bebida y comunicaciones a partir de 2, 3 o 4 horas de espera (según distancia); hotel si hay que pasar la noche; reembolso si el retraso es de 5 horas o más.Sí, si llega al destino final con 3 horas o más de retraso y no hay causa extraordinaria.
CancelaciónA elegir entre reembolso en 7 días o vuelo alternativo; asistencia durante la espera.Sí, salvo que le avisaran con más de 14 días o le ofrecieran una alternativa con horarios muy parecidos, o haya causa extraordinaria.
Overbooking (embarque denegado contra su voluntad)Reembolso o vuelo alternativo y asistencia.Sí, de forma inmediata. Si cede su plaza voluntariamente, recibe lo que pacte con la aerolínea.
Cambio a clase inferiorReembolso del 30 %, 50 % o 75 % del precio de ese trayecto según la distancia.No hay compensación fija, sino ese reembolso parcial.
Equipaje perdido, dañado o retrasadoGastos de primera necesidad si se retrasa.Indemnización por el daño real, con un límite de 1.519 DEG por pasajero (unos 1.830 € al cambio de octubre de 2026).

Tiene el detalle de cada caso en nuestras páginas de retrasos, cancelaciones, overbooking y equipaje.

¿Quiere saber si su caso da derecho a compensación?

Llámenos y revisamos su caso con usted, sea cual sea la aerolínea.

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Calculadora

Calcule su compensación en un minuto

Elija el aeropuerto de salida y el de destino final, indique qué ocurrió y con cuánto retraso llegó. La calculadora mide la distancia real entre aeropuertos y aplica las reglas del Reglamento 261/2004, incluidas las reducciones del 50 % por vuelo alternativo.

  • Si su vuelo tenía escala, elija el primer aeropuerto de salida y el destino final
  • Para el retraso, cuenta la hora a la que se abrieron las puertas del avión al llegar
  • El resultado es orientativo: llámenos y lo revisamos con usted

Calculadora de compensación

¿Qué ocurrió?
Cuenta la hora de apertura de puertas del avión en el destino final, no la de despegue.

Cálculo orientativo según el Reglamento (CE) 261/2004. No sustituye al análisis de su caso concreto. El cálculo se hace en su navegador: no se envía ni se guarda ningún dato.

Derecho de asistencia durante la espera

Aunque no haya compensación, la aerolínea debe atenderle mientras espera. Este derecho se activa con un retraso en la salida de:

Distancia del vueloAsistencia a partir de
Hasta 1.500 km2 horas
Dentro de la UE de más de 1.500 km, y otros de 1.500 a 3.500 km3 horas
Más de 3.500 km4 horas

La asistencia incluye, sin coste, comida y bebida suficientes según la espera, alojamiento en hotel si hay que pasar la noche, el traslado entre el aeropuerto y el hotel, y dos llamadas telefónicas o correos electrónicos. Si la aerolínea no se la ofrece y la paga usted, guarde todos los tiques para reclamarlos después. Lo explicamos paso a paso en qué hacer si su vuelo se retrasa o se cancela.

Reembolso o vuelo alternativo

En caso de cancelación, de overbooking o de un retraso de 5 horas o más, puede elegir entre el reembolso íntegro del billete en 7 días (con vuelo de vuelta al origen si procede), un transporte alternativo lo antes posible o en una fecha posterior que le convenga. El reembolso debe hacerse en dinero; los bonos o vales solo valen si usted los acepta por escrito. Más detalles en reembolso de billetes.

Circunstancias extraordinarias

La aerolínea no tiene que pagar la compensación económica si demuestra que el problema se debió a circunstancias extraordinarias que no podría haber evitado aunque hubiera tomado todas las medidas razonables. Aun así, debe seguir ofreciéndole asistencia y reembolso o vuelo alternativo.

  • Suelen serlo: la meteorología incompatible con el vuelo, las huelgas ajenas a la aerolínea (por ejemplo, de controladores aéreos o del personal del aeropuerto) y los motivos de seguridad.
  • No suelen serlo: la mayoría de las averías técnicas y las huelgas del propio personal de la aerolínea por reivindicaciones laborales, según el Tribunal de Justicia de la UE (asuntos C-28/20 y C-195/17).

Si la aerolínea alega una causa extraordinaria, pida que se la detalle por escrito. Lo analizamos a fondo en circunstancias extraordinarias: cuándo la aerolínea no paga.

Equipaje perdido, dañado o retrasado

El equipaje se rige por el Convenio de Montreal. Lo más importante son los plazos, porque son muy cortos:

  1. En el aeropuerto. Antes de salir de la zona de llegadas, presente el parte de irregularidad de equipaje (PIR) en el mostrador de la aerolínea o de asistencia en tierra.
  2. Equipaje dañado: 7 días. Reclame por escrito a la aerolínea, como máximo, en los 7 días siguientes a recibirlo.
  3. Equipaje retrasado: 21 días. Reclame por escrito los gastos en los 21 días siguientes a recibirlo.
  4. Equipaje perdido. Si no aparece en 21 días desde la fecha en que debía llegar, se considera perdido y puede reclamar su valor.

La responsabilidad de la aerolínea tiene un límite de 1.519 derechos especiales de giro (DEG) por pasajero, unos 1.830 € al cambio de octubre de 2026 (el valor varía cada día). Si viaja con objetos de mucho valor, puede hacer una declaración especial de valor al facturar. El procedimiento de AESA no incluye las reclamaciones de equipaje: si la aerolínea no responde, la vía es el arbitraje de consumo o los tribunales, con un plazo de 2 años. Más información en equipaje perdido o dañado.

Pasajeros con movilidad reducida

El Reglamento (CE) 1107/2006 garantiza a las personas con discapacidad o movilidad reducida asistencia gratuita en el aeropuerto y a bordo. Para asegurarla, comunique su necesidad a la aerolínea o a quien le vendió el billete con al menos 48 horas de antelación y preséntese en el punto de encuentro designado a la hora indicada o, si no se le indicó ninguna, al menos 2 horas antes de la salida. En los aeropuertos españoles la presta el servicio Sin Barreras de Aena. Lo explicamos en asistencia especial.

Cómo reclamar y en qué plazos

  1. Reclame primero a la aerolínea, por escrito. Indique el vuelo, la fecha, lo ocurrido y lo que solicita, y adjunte la tarjeta de embarque y los justificantes. La aerolínea debe responderle en un máximo de un mes.
  2. Si no responde o no está de acuerdo, acuda a AESA. La Agencia Estatal de Seguridad Aérea tramita gratuitamente las reclamaciones por retrasos, cancelaciones, overbooking, cambio de clase y movilidad reducida. Tiene un año desde su reclamación a la aerolínea, y su decisión es vinculante para la compañía. Le contamos cómo hacerlo en cómo reclamar ante AESA.
  3. Vía judicial, si hace falta. Antes de demandar debe haber intentado una negociación previa documentada, como exige la Ley Orgánica 1/2025 desde abril de 2025.

Plazos

En España, la compensación del Reglamento 261/2004 puede reclamarse durante 5 años. Las reclamaciones de equipaje tienen plazos de 7 y 21 días para la protesta y de 2 años para acudir a los tribunales. Tiene la tabla completa en plazos para reclamar a una aerolínea.

Lo que cambia desde el 23 de octubre de 2027

La Unión Europea ha aprobado la reforma de los derechos de los pasajeros aéreos, el Reglamento (UE) 2026/2202, publicado en el Diario Oficial de la UE el 2 de octubre de 2026. Entra en vigor el 22 de octubre de 2026, pero no se aplicará hasta el 23 de octubre de 2027. Hasta entonces, todo lo explicado en esta guía sigue vigente. Las principales novedades que traerá:

  • Se mantienen el umbral de 3 horas y las compensaciones de 250, 400 y 600 €, aunque la de 600 € podrá reducirse a la mitad si se llega con 4 horas de retraso como máximo.
  • El pasajero tendrá 9 meses para solicitar la compensación y la aerolínea, 30 días para pagar o explicar por qué no lo hace.
  • Un accesorio personal gratuito en cabina (40 × 30 × 15 cm o que quepa bajo el asiento), asiento contiguo gratuito para quien acompañe a un menor de 14 años, corrección gratuita de errores en el nombre y prohibición de cobrar por imprimir la tarjeta de embarque.
  • Una lista no exhaustiva de circunstancias extraordinarias y la prohibición de denegar el vuelo de vuelta por no haber volado la ida.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre sus derechos

Si su caso es distinto, llámenos al 960 29 13 20 y lo revisamos.

¿La compensación es por persona o por reserva?

Por pasajero. Si viajaban cuatro personas en el mismo vuelo con derecho a compensación, cada una puede reclamar su importe, incluidos los niños que ocupaban asiento.

¿Tengo derecho si compré un billete muy barato o en oferta?

Sí. La compensación no depende del precio del billete, sino de la distancia del vuelo y de lo ocurrido. Se aplica igual a una tarifa promocional que a una tarifa flexible, salvo los billetes gratuitos o a precio reducido no disponibles para el público.

¿Qué pasa si aceptó un bono de la aerolínea?

El reembolso debe hacerse en dinero salvo que usted acepte por escrito otra forma de pago. Aceptar un bono como reembolso no siempre supone renunciar a la compensación: depende de lo que firmara. Revise el documento y, si tiene dudas, llámenos.

¿Cuenta el retraso en la salida o en la llegada?

Para la compensación cuenta el retraso en la llegada al destino final, en el momento en que se abren las puertas del avión. Para la asistencia (comida, hotel…) cuenta el retraso en la salida.

¿Y si el vuelo lo compré dentro de un viaje combinado?

El Reglamento 261/2004 también se aplica a los vuelos incluidos en un viaje combinado. La compensación se reclama a la aerolínea que operó el vuelo; el reembolso puede corresponder al organizador del viaje según la normativa de viajes combinados.

Atención telefónica

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Llámenos y le explicamos sus opciones con claridad. Le atendemos sea cual sea la aerolínea con la que vuele.

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