Cancelar usted el billete: qué depende de su tarifa
Cuando es usted quien decide cancelar el billete de avión, no existe un derecho general a que le devuelvan todo el importe. Lo que recupere depende de la tarifa que contrató, y esa información figura en las condiciones de su reserva. En términos generales hay tres situaciones.
| Tipo de tarifa | Qué suele significar | Qué conviene comprobar |
|---|---|---|
| Reembolsable | Se devuelve el importe del billete, a veces con un cargo de gestión | Plazo máximo para pedirlo y forma de devolución |
| Con penalización | Se devuelve una parte, tras descontar una penalización | Importe de la penalización y desde cuándo se aplica |
| No reembolsable | No se devuelve el precio de la tarifa | Si pueden recuperarse tasas e impuestos y con qué cargos |
Dos consejos antes de cancelar: pida siempre las condiciones por escrito y no cancele hasta saber qué recuperaría, porque algunas gestiones no se pueden deshacer. Y si lo que necesita es viajar otro día, valore un cambio en lugar de una cancelación; en cambios de billete explicamos cuándo compensa.
Tasas e impuestos: lo que a veces puede recuperarse
Incluso con una tarifa no reembolsable, una parte del precio puede recuperarse. Las tasas e impuestos ligados al pasajero, como los que se generan al embarcar, en muchos casos se pueden reclamar cuando el billete no llega a utilizarse, porque el servicio al que corresponden no se presta. Dependerá de la compañía y de su billete, y es posible que se aplique un cargo de gestión por tramitarlo, que reduciría lo recuperado.
Por eso conviene pedir el desglose del billete: cuánto corresponde a tarifa, cuánto a tasas e impuestos y cuánto a cargos de la compañía. Con esa información se ve enseguida si el trámite compensa y qué importe puede reclamar.
¿Duda de cuánto puede recuperar? Llámenos
Llámenos y revisamos su caso con usted, sea cual sea la aerolínea.
Si la aerolínea cancela o su vuelo se retrasa 5 horas o más
La situación es muy distinta cuando el problema no lo origina usted. Con el Reglamento (CE) 261/2004, que es el que se aplica hoy, si la aerolínea cancela su vuelo puede elegir entre el reembolso íntegro del billete, un transporte alternativo lo antes posible o un transporte en otra fecha que le convenga. Si el retraso es de cinco horas o más, también tiene derecho al reembolso.
El reembolso debe abonarse en dinero y en un plazo de siete días, e incluye, cuando proceda, un vuelo de vuelta al punto de origen. Los vales o bonos solo son válidos si usted los acepta mediante un acuerdo firmado: la aerolínea no puede imponérselos. Además, si el vuelo se canceló o llegó con más de tres horas de retraso, puede corresponderle una compensación adicional, que se reclama aparte; la explicamos en cancelaciones de vuelo y en retrasos de vuelo. La reforma europea ya publicada, aplicable desde el 23 de octubre de 2027, mantendrá el reembolso automático en siete días naturales.
Bonos y vales: qué mirar antes de aceptarlos
Es frecuente que, en lugar del dinero, la compañía ofrezca un bono. Aceptarlo es una decisión suya, así que conviene revisar antes cinco cuestiones.
- Si usted tiene derecho a elegir dinero y por qué se le ofrece un vale en su lugar.
- Cuánto tiempo es válido y si puede prorrogarse.
- Si lo puede usar otra persona o solo el titular del billete.
- Si cubre el importe completo, incluidas tasas, o solo una parte.
- Si podrá canjearlo por dinero cuando caduque o se pierde el saldo.
Antes de firmar
Compruebe también si, al aceptar el vale, renuncia a reclamar el reembolso o una compensación. Si el derecho que le corresponde es el reembolso en dinero, no está obligado a aceptar otra cosa. Lea con calma lo que firma y, si duda, consúltenos antes.
Billetes de agencia y viajes combinados
Si compró el billete a través de una agencia o de un portal de reservas, el reembolso normalmente se pide a ese intermediario, y la devolución suele llegar por el mismo medio de pago. Pueden aplicarse gastos de gestión propios, de modo que conviene preguntarlo antes de cancelar. Si el vuelo formaba parte de un viaje combinado, es decir, vuelo más hotel u otros servicios contratados juntos, el reembolso se pide al organizador del viaje. El Reglamento 261/2004 también protege los vuelos incluidos en un viaje combinado, salvo en el derecho de reembolso cuando este ya deriva de la normativa de viajes combinados.
La Unión Europea ha aprobado una nueva directiva de viajes combinados, la Directiva (UE) 2026/1024, que prevé vales opcionales con una validez máxima de doce meses y el reembolso de lo no utilizado. Todavía está pendiente de transposición: en España sigue aplicándose la normativa actual hasta que se incorpore a nuestro Derecho.
Si no le devuelven el dinero: cómo reclamar
- Reclame por escrito a la aerolínea o al vendedor. Indique localizador, importe, motivo y la fecha en que debía recibir el dinero, y guarde la prueba de envío.
- Anote los plazos. En la reclamación previa, la compañía debe acusar recibo y responder en un máximo de un mes. Los plazos para reclamar los explicamos en esta guía.
- Acuda a AESA si procede. Si el reembolso deriva de una cancelación o un retraso y la aerolínea no responde o su respuesta no le satisface, puede reclamar ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea en el plazo de un año. El trámite es gratuito y su resolución es vinculante para la compañía; tiene el paso a paso en cómo reclamar ante AESA.
- Valore otras vías. Antes de demandar, la ley exige haber intentado un medio adecuado de solución de controversias, por ejemplo una negociación directa con la compañía debidamente documentada.
En AeroInforma revisamos con usted qué le corresponde, le ayudamos a preparar y presentar la reclamación con los datos y justificantes necesarios y le acompañamos en la gestión con la compañía. Al ser independientes, nuestra única referencia es su interés. Y si quiere conocer el marco general, tiene a su disposición la guía de derechos del pasajero.
Hablemos de su reembolso
Llámenos y revisamos su caso con usted, sea cual sea la aerolínea.

