Accesorio personal, maleta de cabina y equipaje facturado
Antes de hablar de reglas conviene poner nombre a cada bulto, porque las compañías los distinguen y los cobran de forma distinta. No damos medidas ni pesos concretos porque cada compañía fija los suyos, pero este es el esquema habitual:
| Tipo | Qué es | Lo habitual | Conviene saber |
|---|---|---|---|
| Accesorio personal | Bolso, mochila pequeña o bolsa que cabe bajo el asiento delantero | Suele estar incluido en todas las tarifas | La medida máxima la fija cada compañía |
| Maleta de cabina | Bulto mayor que va en el compartimento superior | Depende de la tarifa: en unas se incluye y en otras se paga | Peso y medidas varían de una compañía a otra |
| Equipaje facturado | Maleta que se entrega en el mostrador y viaja en bodega | Suele ser de pago en las tarifas básicas y estar incluido en las más completas | Tiene un peso máximo y el exceso se cobra |
Qué dice la ley en España sobre la maleta de cabina
El artículo 97 de la Ley 48/1960 de Navegación Aérea obliga a transportar gratuitamente en cabina los bultos que el pasajero lleve consigo, y solo permite denegarlo por razones de seguridad, de peso o de tamaño en relación con la aeronave. En la misma línea, una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 18 de septiembre de 2014 (asunto C-487/12) declaró que el equipaje de mano es, en principio, un elemento indispensable del transporte y no puede tener recargo si cumple requisitos razonables de peso y dimensiones.
La práctica es otra. Consumo multó en noviembre de 2024 a cinco compañías de bajo coste, entre otras cosas por cobrar por el equipaje de mano, pero los tribunales han suspendido cautelarmente esas sanciones y, a fecha de hoy, no hay sentencia de fondo conocida. Además, la Comisión Europea abrió en octubre de 2025 un procedimiento de infracción contra España al considerar que ese artículo choca con la libertad de las compañías para fijar sus tarifas. El resultado es que la mayoría de las compañías sigue cobrando la maleta de cabina grande. Nuestro consejo: no dé por hecho que su maleta es de uso libre y compruebe siempre qué incluye su tarifa antes de pagar.
Lo que cambia desde el 23 de octubre de 2027
El Reglamento (UE) 2026/2202 ya está publicado, pero no se aplicará hasta el 23 de octubre de 2027. Sobre el equipaje de mano establece lo siguiente:
- Accesorio personal gratuito: hasta 40×30×15 cm o lo que quepa bajo el asiento delantero.
- Maleta de cabina grande: se permitirá según la capacidad de la cabina, pero la norma no obliga a incluirla en el precio. Exige que las tarifas se muestren por defecto con ella incluida y permite ofrecer también opciones sin ella.
- Si no cabe: cuando por seguridad o por capacidad no pueda ir en cabina, viajará en bodega sin recargo.
El Parlamento Europeo llegó a pedir una maleta de mano gratuita de 7 kg, pero esa propuesta no quedó en el texto final. Puede ver el resto de novedades en nuestra guía de derechos del pasajero.
Importante
Hasta octubre de 2027 sigue vigente el régimen actual. Hoy lo que determina qué equipaje puede llevar es la tarifa que ha contratado y las condiciones de la compañía.
¿No sabe qué equipaje incluye su billete?
Llámenos y revisamos su caso con usted, sea cual sea la aerolínea.
Líquidos, objetos prohibidos y baterías de litio
En los aeropuertos de Aena sigue vigente la regla de los líquidos en cabina:
Quedan exceptuados los medicamentos con receta, la alimentación especial o infantil y las compras duty-free en bolsa precintada con su tique. Los nuevos escáneres de tomografía permiten, en esas líneas, dejar los líquidos y los aparatos electrónicos dentro de la maleta, pero tampoco admiten envases de más de 100 ml. Tiene todos los detalles en líquidos en el control de seguridad.
Las armas, los objetos cortantes o punzantes y las sustancias inflamables o peligrosas no pueden ir en cabina, y muchos tampoco en bodega. En cuanto a las baterías de litio, las de repuesto y las baterías externas suelen tener que viajar en cabina y no en la maleta facturada, y cada compañía limita su capacidad y su número. Si lleva varias, pregunte antes de volar.
Equipaje especial: deportivo, instrumentos y sillas de bebé
El material deportivo (bicicletas, esquís, tablas, palos de golf) y los instrumentos musicales no siguen la regla general. Lo habitual es que haya que avisar a la compañía antes del vuelo y que se facturen con una tarifa específica o con límites de peso y de embalaje propios. Un instrumento pequeño a veces puede ir en cabina y uno grande puede requerir un asiento adicional. Las sillas de bebé y los cochecitos suelen admitirse con condiciones que varían según la compañía. Si necesita viajar con una silla de ruedas u otro equipo de movilidad, consulte nuestra página de asistencia especial.
Exceso de peso y cómo evitarlo
El exceso de peso es uno de los cargos más caros y más evitables. Cada compañía fija su límite y su tarifa por kilo de más, y en el aeropuerto suele salir más caro que si contrata el equipaje al reservar. Siga estos pasos:
- Lea qué incluye su tarifa antes de pagar. Las opciones más baratas suelen dejar fuera la maleta de cabina grande y la facturada.
- Añada el equipaje al reservar. Lo habitual es que contratarlo en ese momento cueste menos que en el aeropuerto. Vea reserva de vuelos.
- Pese y mida en casa. Una báscula doméstica basta para comprobar que cumple los límites de su compañía.
- Reparta el peso. Pase peso de una maleta a otra y lleve la ropa de abrigo puesta si hace falta.
- Revise las medidas. Tiene un resumen práctico en equipaje de mano: medidas, peso y qué puede llevar.
En AeroInforma le ayudamos por teléfono a revisar su billete, a preparar el equipaje y a saber qué hacer si algo sale mal. Como no somos ninguna aerolínea, le atendemos con el mismo interés sea cual sea la compañía con la que vuele. Y si su maleta llega dañada o con retraso, hay plazos muy cortos para protestar: los explicamos en equipaje perdido o dañado.
Revisemos su equipaje antes del viaje
Llámenos y revisamos su caso con usted, sea cual sea la aerolínea.

